¿Qué son los derechos de aseo?
Son un tipo de impuesto municipal, el cual corresponde al servicio de aseo prestado por el municipio en el cual está ubicado el inmueble, y el que debe pagar el dueño u ocupante de este.
Solo corresponde pagar estos derechos a aquellos inmuebles que tengan un valor superior a 225 UTM, es decir mayor a $13.223.700.- (Valor UTM agosto 2022).
¿Cada cuánto tiempo se cobra el derecho de aseo domiciliario?
Es cobrado de manera trimestral por la municipalidad respectiva.
¿Cómo saber si tengo una deuda por derechos de aseo?
Por medio de un estado de cuenta o certificado de deuda de derechos de aseo emitido por la municipalidad respectiva.
¿Qué puedo hacer si soy deudor de derechos de aseo?
Existen dos vías para regularizar esta situación, una extrajudicial y otra judicial:
- Vía extrajudicial: El deudor podrá acordar un convenio de pago con la municipalidad por el monto adeudado, pero, en tal caso pagará incluso los derechos de aseo prescritos de haber deudas superiores a 5 años.
- Vía judicial: Por medio de un juicio civil, el deudor podrá interponer una demanda de prescripción extintiva de derechos de aseo domiciliario en contra de la municipalidad respectiva, solicitando que estos se declaren prescritos por haber transcurrido el plazo respectivo.
¿En cuánto tiempo prescriben los derechos de aseo?
Estos derechos prescriben transcurrido el plazo de 5 años contados desde la fecha en que se hicieron exigibles (artículo 2515 del Código Civil),
Ejemplo: Si la deuda tiene cuotas impagas desde mayo del año 2000 a octubre del año 2022, se podría solicitar al tribunal que declare la prescripción de todas las cuotas impagas anteriores al mes de julio del año 2017.
¿ Qué documentación se requiere para solicitar la prescripción de los derechos de aseo?
-Certificado de dominio vigente del inmueble.
-Estado de cuenta o certificado de deuda de Derechos de aseo domiciliario.
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