Acción de protección por alza de isapres

El alza de las ISAPRES

La Ley 18.933 faculta a las ISAPRES a realizar un alza en el plan siempre y cuando este sea de mutuo acuerdo entre la institución y el usuario de esta. Sin embargo muchas veces las ISAPRES suben el valor del plan sin el consentimiento previo del usuario y solamente dando aviso por medio de una carta.

¿Es posible frenar esta alza? ¿Cómo debes hacerlo?

Si tu ISAPRE te informó sobre el alza de tu plan de salud, es posible frenar a través de dos vías:

  1. Vía Judicial: Por medio de un recurso o acción de protección dentro del plazo de 30 días desde la notificación del alza. Una vez interpuesta tal acción y acogida a tramitación la ISAPRE no podrá aumentar el valor del plan de salud. Para interponer este recurso o acción de protección no es necesaria la representación de un abogado.

Vía administrativa: Presentando un reclamo en la Superintendencia hasta el último día hábil del mes en que se cumple el año del contrato con la ISAPRE.

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